miércoles, 8 de enero de 2014

Personas naturales podrán declarar IR e ITF por Internet



La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó que la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) de personas naturales se realizará con el Formulario Virtual 683 (Renta Anual 2013) que estará disponible a partir del 17 de febrero.

Según una Resolución de Superintendencia del ente recaudador, las personas naturales ya no utilizarán el Programa de Declaración Telemática (PDT) sino que podrán cumplir con esta obligación tributaria a través de Internet.

La norma establece que están obligados a presentar la Declaración Anual todas las personas naturales cuyos ingresos por servicios profesionales, considerados rentas de cuarta categoría, hayan superado los S/. 25,000 durante el 2103.

También realizarán la Declaración Anual de IR las personas naturales si la suma de su Renta Neta de Trabajo -Cuarta Categoría: trabajo independiente y Quinta Categoría: trabajo dependiente- más la Renta Neta de Fuente Extranjera hayan superado los S/. 25,000.

Los que obtuvieron Rentas de Primera Categoría (alquiler de uno o más bienes muebles o inmuebles) o Segunda Categoría (proveniente de ganancias de sus inversiones de capital) siempre que tengan saldo a favor del Fisco o el monto de su ingreso anual por dichas rentas superiores a S/.25,000 en el 2013, también están incluidos.

No presentan Declaración Anua los comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y el Nuevo RUS.

La resolución establece que el Formulario Virtual N° 683 (Renta Anual 2013 - para personas naturales) estará disponible desde el 17 de febrero del 2014 y mientras que el PDT N° 684 (Renta Anual e ITF 2013) se puede utilizar desde el pasado 3 de enero.

En ambos casos se deberá ingresar al portal www.sunat.gob.pe para presentar la declaración y efectuar el pago correspondiente.

El Formulario Virtual N° 683 dirigido a personas naturales, contiene información referencial de las rentas que ha obtenido el contribuyente, los pagos directos que ha efectuado, así como las retenciones ejecutadas por terceros durante el 2013, lo que facilitará la elaboración de la declaración.
El cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual es de acuerdo al último dígito del RUC de los contribuyentes, que se iniciará el lunes 24 de marzo y concluirá el viernes 4 de abril del 2014.

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